Formación bonificada para empresas

Benaiga Formación se ocupa de las necesidades formativas de su empresa ofreciéndole la posibilidad de acceder a la formación bonificada de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE).

El Real Decreto 395/2007, de 23 de Marzo (BOE 87, de 11 de abril de 2007), establece un sistema de formación destinado a los trabajadores de todas las empresas privadas con el que podrán recuperar todos los gastos por formación continua de los boletines de cotización a la Seguridad Social.

Cada empresa cuenta con un crédito destinado a la formación de sus trabajadores. El de las empresas de 1 a 5 trabajadores es de 420€ anuales y para el resto de empresas el importe dependerá de las cuantías ingresadas a la Seguridad Social el año anterior. La empresa dispone de un año natural para hacer uso del crédito. Pasado ese tiempo se pierde y no es acumulable, a no ser que lo haya solicitado previamente.

Todos nuestros cursos son susceptibles de bonificación por la Seguridad Social para Trabajadores no autónomos. Gestionamos a través de una empresa externa todos los trámites con la Fundación Tripartita.

Cómo acceder a la formación bonificada

El proceso de matriculación de alumnos, en el caso de las empresas que quieran solicitar la bonificación de los cursos, no se puede realizar de forma online. Debe contactar con nosotros y solicitar un presupuesto personalizado.

  • Visita la sección Cursos

  • Elige uno o varios Cursos

  • Envía un email a formacion@benaiga.com

  • Solicita los documentos para iniciar los trámites

Lea detenidamente todas las cláusulas de esta formación para evitar incidencias futuras

Una vez recibimos los documentos, le enviaremos la factura generada. Es importante que tenga en cuenta que el abono de la factura debe estar hecho antes del inicio de la formación para poder recibirla. Una vez realizado éste trámite, con independencia de si el alumno asiste o no a la formación, no se podrá realizar la devolución del importe, sea la causa que sea de cancelación por parte del trabajador de la empresa.

Los archivos «Convenido de Adhesión» y «Datos de participantes» son los formularios que debe completar desde su ordenador para que los datos sean fácilmente legibles. Será válido el documento cuando estén todos sus apartados cumplimentados. Además, el Convenio deberá ser firmado y sellado por la empresa.

Recordamos la importancia de la veracidad de los datos de los trabajadores y que la documentación esté correctamente cumplimentada en todos sus apartados. Es requisito imprescindible que los alumnos estén dados de alta en el tiempo de desarrollo del curso y, en ningún caso, pueden ser autónomos.

La empresa sujeta a bonificación debe estar al corriente con los seguros sociales y debe igualmente abonar la parte correspondiente de formación en nómina a los trabajadores para poder beneficiarse de este tipo de formación.

Es muy importante que nos facilite toda la documentación con un mínimo de 15 días antes de que comience el curso para que podamos enviarle la factura correspondiente y recibir el abono de la misma antes del inicio de la formación.

La asistencia a nuestra formación es obligatoria. En caso de no cumplir este requisito, el alumno no accederá a la acreditación correspondiente, perdiendo la matrícula y la opción de bonificarse. Tampoco guardamos la plaza para una siguiente convocatoria. Es muy importante que el alumno esté al tanto de ésta información para que cumpla con los requisitos de asistencia establecidos.

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